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Estas conductas serán consideradas como delitos electorales para los comicios del 9D

Foto: AVN / Referencial

(Caracas, 05 de diciembre – Noticias24).- Para las elecciones de concejales municipales, del próximo domingo 9 de diciembre, se han dispuesto los operativos de seguridad en todo el país, para vigilar cualquier delito o irregularidad durante el proceso electoral.

Un total de 1860 investigadores penales, designados por el por el ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, M/G Néstor Reverol, apoyarán a los 908 fiscales del Ministerio Público, dispuestos por el  fiscal general de la República, Tarek William Saab, en el monitoreo de los comicios para detectar cualquier posible delito electoral.

Estos delitos electorales están señalados en la Ley orgánica de Procesos Electorales, la cual indica en su artículo 227: “Todo ciudadano o ciudadana podrá denunciar la comisión de cualquiera de los delitos, faltas o ilícitos electorales previstos en la presente Ley, así como constituirse en parte acusadora en los juicios que se instauren por causa de esas mismas infracciones. Ello sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al Ministerio Público como garante de la legalidad”.

Las conductas consideradas como delitos electorales son:

-Suministrar datos o informaciones falsas al Poder Electoral.

-Funcionarios que se rehúsen a admitir el sufragio de ciudadanos que tengan derecho a votar.

-Quienes se nieguen a desempeñar el cargo para el cual han sido designados en el Servicio Electoral, salvo las excepciones de ley.

-Quienes incumplan las regulaciones previstas en el artículo 76 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sobre la prohibición de fijar carteles.

-Quienes incumplan las regulaciones previstas en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sobre la destrucción de propaganda.

-Quienes obstaculicen la realización de los procesos electorales.

-Quienes concurran armados a los actos de inscripción, votación o escrutinios, con excepción de los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

-El ciudadano que incurra en algunas de estas acciones será sancionados con 15 a 50 U.T o 15 a 50 días de arresto proporcional.

Con información de Nota de Prensa Mpprijp

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